La reunificaci�n es a la vez un final y un comienzo. Es el final largamente ansiado del proceso de b�squeda y recuperaci�n, pero a la vez es el inicio de un per�odo de reajuste para el menor victimado, para el padre despojado y para la familia en conjunto. Este cap�tulo pone de relieve los problemas que se pueden presentar en el proceso de reunificaci�n. Abarca lo siguiente:
Cuestiones pr�cticas �C�mo puede regresar a Estados Unidos un menor que no tiene pasaporte de este pa�s? �Hay fondos disponibles para pagar el viaje de regreso del menor a Estados Unidos? �Qu� se puede hacer si un tribunal del extranjero ordena el retorno a Estados Unidos del menor, pero �ste (o el secuestrador) no es ciudadano de EE.UU. y no es elegible para entrar al pa�s? Problemas psicol�gicos �Qu� factores afectan la adaptaci�n de un menor? �Se requerir� asesor�a psicol�gica profesional? �D�nde se puede hallar m�s informaci�n sobre los aspectos psicol�gicos de la reunificaci�n? Problemas legales �Qu� cuestiones legales persisten aun despu�s del retorno de su hijo? Punto final �Qu� m�s hay que hacer para poner punto final al asunto?
Cuestiones pr�cticas
Si el menor es ciudadano de EE.UU. y no tiene pasaporte, la Embajada de este pa�s en el extranjero le puede expedir uno, en plan de urgencia, para que el menor pueda regresar a los Estados Unidos sin m�s demora. Comun�quese con la embajada extranjera o con la Oficina de Asuntos del Menor (OCI) del Departamento de Estado, en Washington, DC, para una ayuda expedita. Si usted puede recoger al menor y �ste va incluido en su pasaporte, no har� falta un pasaporte individual para ese menor. La informaci�n de c�mo obtener pasaportes para hijos menores la encontrar� en la OCI y en el sitio Web de �sta.
No es raro que un padre agote sus recursos econ�micos en la b�squeda �y aun que se endeude � tratando de localizar y recuperar a un hijo secuestrado. Si usted est� en ese predicamento, puede encontrar ayuda econ�mica para pagar el viaje de regreso de su hijo a Estados Unidos. La Embajada de EE.UU. en el pa�s extranjero puede gestionar un pr�stamo para repatriaci�n si usted cumple con criterios de elegibilidad basados en la necesidad. En casos de secuestro parental, los padres v�ctimas pueden ser elegibles para recibir fondos de ayuda a v�ctimas a trav�s de un programa que administra el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados (NCMEC) y que financia la Oficina para V�ctimas del Crimen, del Departamento de Justicia. Tambi�n puede haber fondos disponibles de este programa para que usted se presente en audiencias judiciales en el pa�s extranjero. En los casos de la Convenci�n de La Haya se puede ordenar al raptor que pague el costo del retorno y tambi�n los dem�s gastos en que usted haya incurrido en sus intentos de recuperar a su hijo.
Es ir�nico, pero un raptor o un menor que no es ciudadano de EE.UU. puede no ser elegible para regresar a Estados Unidos en virtud de su condici�n migratoria. Hay dos posibles soluciones. Primera, el gobierno extranjero puede pedir que el Servicio de Inmigraci�n y Naturalizaci�n otorgue un Permiso bajo Palabra por Beneficio P�blico Significativo al secuestrador o el menor. Segunda, es posible pedir al Procurador la exenci�n de inelegibilidad para el visado, de acuerdo con la Ley de Inmigraci�n y Nacionalidad. (Vea, ��Qu� problemas han surgido bajo la Convenci�n de La Haya que usted (y su abogado) deban saber?�). Problemas psicol�gicos
Muchas variables influyen en la forma en que un menor y su familia se adaptan unos a otros cuando se vuelven a unir despu�s de un secuestro. Entre ellas figuran: por cu�nto tiempo estuvo ausente el menor; su estilo de vida con el raptor; el grado en que el menor fue aleccionado en contra del padre despojado o contra Estados Unidos; los recuerdos que el ni�o tenga del padre despojado y de su familia (lo cual, a su vez, depende de la edad que haya tenido el menor al ser secuestrado y el tiempo que ha pasado desde entonces); la familiaridad del menor con los parientes a los cuales regresa (que ahora podr�a incluir padrastros, madrastras y medios hermanos que no conoce); y las diferencias religiosas, culturales o ling��sticas que el menor puede haber adquirido cuando estuvo secuestrado. Algunos ni�os se adaptan sin dificultad a las familias que los buscaban, pero a otros les es dif�cil la readaptaci�n. Sea paciente. Demuestre su afecto y transmita un sentimiento de seguridad.Tome precauciones para que [el secuestro] no vuelva a pasar. Jos� y Miriam Santos
Su hijo puede requerir de un asesor psicol�gico que le ayude a enfrentar sus experiencias y a reintegrarse a la familia. Entre otras cosas, su hijo se puede sentir culpable de no haber buscado el contacto con usted o tratado de volver al hogar. Tambi�n puede estar disgustado con usted porque no lo rescat� m�s pronto. As� mismo, es posible que el menor haya forjado un fuerte v�nculo con el secuestrador y est� disgustado porque usted los separ�, o tal vez se sienta culpable por sentir ese afecto. Es probable que el menor est� confundido por todo lo que le pas� y las versiones contradictorias que le han dicho. Su hijo tal vez se sienta como extranjero y no como el hijo amado que tanto le alegra que haya vuelto al hogar. Un consejero familiar puede ser muy �til. El retorno de un hijo que estuvo perdido mucho tiempo puede ser dif�cil para los hermanos y hermanas que tal vez no lo conozcan o s�lo tengan un vago recuerdo del hermano que regresa. La situaci�n tambi�n puede ser dif�cil para un nuevo c�nyuge del padre despojado, pues de inmediato se convierte en padrastro o madrastra al regreso del menor secuestrado. Es un per�odo altamente emocional y puede requerir los servicios de un consejero profesional con experiencia. Si su hijo est� en edad escolar, hable con el consejero escolar de orientaci�n y explique lo que su hijo ha padecido. Averig�e qu� tipo de servicios se ofrecen. D�le al consejero una copia de su orden de custodia. P�dale que informe a los maestros y al personal administrativo de la escuela que no entreguen a su hijo a ninguna persona sin su permiso expreso.
En tres publicaciones se aborda ese tema. Una de ellas es el folleto del NCMEC, Family Abduction: How To Prevent an Abduction and What To Do If Your Child Is Abducted. (Puede recibir gratis un ejemplar de esta publicaci�n si llama al NCMEC o visita su sitio Web.) Tambi�n otra publicaci�n del NCMEC le puede interesar: Recovery and Reunification of Missing Children: A Team Approach, compilada por Kathryn Turman. Los aspectos psicol�gicos de la reunificaci�n se exponen en Obstacles to the Recovery and Return of Parentally Abducted Children, compilado por Linda Girdner y Patricia Hoff. Este informe final de un estudio realizado por el Colegio de Abogados de EE.UU. para la Oficina de Justicia Juvenil y Prevenci�n de la Delincuencia lo puede pedir al Servicio Nacional de Referencias de Justicia Criminal (NCJRS) (800-638-8736, o en l�nea en www.ncjrs.org). Problemas legales
Tal vez tenga usted que enfrentar otros litigios acerca de la custodia en un tribunal familiar, y quiz� se deba presentar como testigo en los procesos penales contra el secuestrador. Cuando regrese su hijo, apres�rese a consultar a su abogado para que revise su situaci�n legal. Si a�n no tiene una orden de custodia, debe pedir una ahora mismo. Si tiene la orden de custodia, puede presentar una acci�n para modificarla. Por ejemplo, tal vez desee hacer un cambio en la custodia, modificar los derechos de visita del raptor o incluir disposiciones para prevenir un nuevo rapto. (Las medidas preventivas que se pueden incluir en las �rdenes de custodia se han descrito en el cap�tulo 1.) O quiz� desee considerar una demanda de agravio por rapto de menor, de acuerdo a lo descrito en el cap�tulo 4. Tal vez reciba una llamada del fiscal para que testifique contra el secuestrador en un juicio penal. Si el raptor resulta convicto, usted puede tener oportunidad de testificar en la fase de sentencia del procedimiento penal. Tambi�n puede solicitar fondos de ayuda para v�ctimas si el secuestrador es acusado de un delito. (Los programas de asistencia para v�ctimas del crimen se han expuesto en el cap�tulo 5.) Punto final
Notifique a cada individuo, oficial de la ley, organizaci�n, oficina de gobierno y contacto en los medios de comunicaci�n con los que haya trabajado o a quienes haya pedido ayuda, para que sepan que ya recuper� a su hijo. Agradezca su cooperaci�n. PUNTOS CLAVE
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